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Notas legales sobre la reglamentación vigente en Salud y Seguridad Ocupacional

  • Foto del escritor: Lenin Toscano
    Lenin Toscano
  • 20 ago 2019
  • 2 Min. de lectura

Actualizado: 20 ago 2019

La salud ocupacional es una obligación laboral que los empleadores deben asumir independientemente de la Seguridad Social que tiene derecho cada trabajador público o privado, tiene por objeto prevenir riegos y enfermedades laborales.

La afiliación al IESS le confiere al trabajador 7 derechos, uno de ellos es la atención por enfermedad proveniente de cualquier causa distinta a riesgos laborales, la prevención de enfermedades laborales es obligación de todos empleador, trabajador y estado.


Base legal.

ACUERDO 047 R.O. 27 de marzo del 2013

Dec. Ej. 2393

Acuerdo Ministerial 1404 REGLAMENTO DE SERVICIOS MEDICOS DE LAS EMPRESAS.


Toda empresa debe realizar exámenes de salud a cada trabajador, notificarles de sus resultados, deben constar fichas técnicas ocupacionales individuales, donde se registre:

INGRESO. - Al ingreso se debe conocer el estado de salud y aptitud física para el cargo contratado (Certificado otorgado por el médico ocupacional al trabajador y a la empresa). -

PERIODICO (Una o dos veces al año según criterio del médico ocupacional)

DE RETIRO. - (El trabajador al momento de su retiro tiene derecho a conocer sus condiciones de salud son iguales o no que al momento de ingreso).

El médico ocupacional debe disponer una matriz de exámenes especiales por puesto de trabajo, si advierte algún riesgo enfermedad laboral, debe notificar de inmediato al IESS.

HOJA DE SALUD OCUPACIONAL de cada trabajador (ficha técnica de cada empleado.)

Toda información de carácter laboral se debe subir al sistema informático SUT del Ministerio del Trabajo, ingresando los datos del médico ocupacional, del técnico de seguridad industrial, contratados para el efecto, entonces se despliegan las fichas técnicas para llenar de cada trabajador.


Tienen que existir constancias de información preventiva, charlas, conferencias, deportes, talleres, actividades sociales o motivacionales del equipo de trabajo.


La empresa tiene que contar entre otros con la siguiente documentación:


MATRIZ DE RIESGOS LABORALES

REGLAMENTO DE HIGIENE Y SEGURIDAD

PLAN DE EMERGENCIA Y CONTIGENCIA

RIESGO PSICOSOCIAL Y USO DE DROGAS dependiendo del número de empleados. .


 
 
 

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